RICHARD L. AMARO GÓMEZ
¿Qué tratamiento tienen las señas o anticipos realizados a proveedores y recibidos de clientes en el ajuste por inflación impositivo?
Primeramente, es necesario precisar que podemos tener dos tipos de señas o anticipos según su naturaleza:
- Un activo – crédito: cuando quien realiza la seña o anticipo es el propio ente, entregando la misma a un proveedor. Por ejemplo, para la futura compra de un bien de uso o de cambio.
- Un pasivo – deuda, cuando es el ente quien recibe la seña o anticipo de un cliente. Por ejemplo, para la futura venta de un bien de uso o cambio.
A su vez, las señas o anticipos en relación con la fijación del precio final de la operación de compra o venta pueden ser:
- Las que congelan precio, que son aquellas que fijan un precio cierto del bien a recibir. El congelamiento tiene que ver directamente con la fijación de un precio preciso y cierto.
- Las que no congelan precio, que son las que simplemente constituyen un pago a cuenta del precio final, pero que de ninguna manera fijan el precio del bien a recibir.
Asimismo, el bien futuro comprar o vender puede ser:
- Un activo computable, por ejemplo si se trata de un bien de cambio.
- Un activo no computable, por ejemplo si se trata de un bien de uso.
En resumidas cuentas, podemos encontrar estas combinaciones:
Tipo de seña | Activo – crédito | Pasivo – deuda |
¿Congelan precio? | Congelan precio | No congelan precio |
Tipo de activo | Computable | No computable |
En cuanto a su tratamiento en el ajuste por inflación impositivo, tenemos:
- Estático – señas realizadas por el ente:
Computables
Tipo de seña | Activo – crédito |
¿Congelan precio? | Congelan precio |
Tipo de activo | Computable (ej. bien de cambio) |
Tipo de seña | Activo – crédito |
¿Congelan precio? | No congelan precio |
Tipo de activo | Computable (ej. bien de cambio) |
Tipo de seña | Activo – crédito |
¿Congelan precio? | No congelan precio |
Tipo de activo | No computable (ej. bien de uso) |
No computables
Tipo de seña | Activo – crédito |
¿Congelan precio? | Congelan precio |
Tipo de activo | No computable (ej. bien de uso) |
Vale destacar que estas señas tienen actualización por el artículo 93 de la LIG si es que efectuaron en un ejercicio posrreforma.
- Dinámico – señas realizadas por el ente:
Dinámico positivo:
Tipo de seña | Activo – crédito |
¿Congelan precio? | Congelan precio |
Tipo de activo | No computable (ej. bien de uso) |
- Estático – señas recibidas por el ente:
Computables
En todos los casos, las señas o anticipos recibidos del cliente son computables, no importa sus características:
¿Congelan precio? | Congelan precio | No congelan precio |
Tipo de activo | Computable | No computable |
- Dinámico – señas recibidas por el ente:
No importa sus características, no generan ninguna incidencia en el dinámico.
Fuente normativa: artículo 106, inciso a), punto 10, e inciso b), punto 2, de la ley del impuesto a las ganancias.
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