Aplicación práctica: ajuste por inflación contable a partir del segundo ejercicio económico

por

ANA M. CÓCCARO

El trabajo aborda cuestiones relacionadas con la aplicación del ajuste por inflación contable considerando las cuestiones normativas para cierres de ejercicios económicos sucesivos al primer ejercicio de aplicación.

I – INTRODUCCIÓN

En las últimas décadas el ajuste por inflación no ha sido reconocido por las Normas Contables Argentinas (NCP) o Normas Internacionales (NIIF) en la preparación de los estados contables dado que las normas profesionales requieren ciertas pautas cualitativas y una pauta cuantitativa para poder aplicar la reexpresion. En el mes de junio de 2018 se ha alcanzado dicha pauta objetiva y cuantitativa de una tasa acumulada de inflación en los últimos 3 años que supere el 100%, asimismo se vienen observando en los datos macroeconómicos del país el cumplimiento de la mayoría de las pautas cualitativas.

A raíz de esta cuestión, la Federación Argentina de Consejo Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) ha emitido la resolución (JG) 539/2018 relacionada con el ajuste por inflación contable, en la cual define cumplidas las pautas requeridas por las normas profesionales, y por lo tanto la obligación a partir del mes de julio de 2018 de reexpresar los registros contables por inflación.

Las principales características de la misma son:

1. Reemplazo del índice para la determinación del coeficiente de reexpresión: se sustituye el IPIM por un empalme entre el IPIM y el IPC Nacional.

2. Modificación de la interpretación 3, de la resolución 536/2018 y la RT 41 en temas relacionados.

3. Solicitar a CENCyA la preparación de distintos informes y guías para facilitar la aplicación de la RT 6 y de la NIC 29.

4. Establecer que:

Estados contables cerrados hasta el 30/6/.2018 no deben ajustarse.

– Estados contables cerrados a partir del 1/7/2018 (inclusive) deben ajustarse.

– En el primer ejercicio de aplicación del ajuste por inflación el ente podrá elegir opciones que buscan facilitar su implementación.

– Deberá presentarse determinada información en notas.

– Forma en que interactúan la RT 48 y la RT 6.

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