Finalmente se publicó con fecha 5/8/2021 la Incorporación de la Provincia de Buenos Aires al Sistema Único Tributario –RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA (AFIP) 5041-20/2021– y la reglamentación del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la provincia de Buenos Aires –RN (ARBA)21/2021-, cuya adhesión es voluntaria.
A partir del 5 de agosto de 2021 los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos podrán incorporarse en el Régimen Simplificado del citado tributo.
A modo resúmen entre los beneficios inmediatos se destacan:
- Los contribuyentes alcanzados podrán adherir y no deberán presentar declaraciones juradas mensuales de Ingresos Brutos en ARBA,
- Tampoco se les aplicarán retenciones dado que se los excluirá de los regímenes de recaudación,
- Sólo pagarán una cuota fija mensual, en función a su categoría del monotributo nacional.
¿Cuales son los nuevos valores publicados en la RN (ARBA) 21/2021?
¿A partir de qué mes se hace efectiva la inscripción?
La inscripción se hará efectiva a partir del mes calendario inmediato posterior a aquel en que la solicitud se hubiere formalizado. A partir de dicho mes deberá comenzar a abonarse el importe fijo que corresponda.
¿Quiénes podrán solicitar su inclusión?
Podrán solicitar su inclusión en el citado Régimen, deberán reunir, en forma concurrente, las siguientes condiciones:
- Encontrarse adheridos al Monotributo;
- Poseer domicilio fiscal ante la AFIP en el territorio provincial;
¿Cómo debo realizar la solicitud de adhesión?
La solicitud de adhesión deberá realizarse a través de la aplicación “Régimen Simplificado Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Monotributo Unificado”, disponible en el sitio oficial de Internet de la Agencia de Recaudación (www.arba.gob.ar), a la que deberán acceder los contribuyentes mediante su Clave Única de Identificación Tributaria -CUIT- y Clave de Identificación Tributaria -CIT-.
¿A partir de qué mes se hace efectiva la inscripción?
La inscripción se hará efectiva a partir del mes calendario inmediato posterior a aquel en que la solicitud se hubiere formalizado. A partir de dicho mes deberá comenzar a abonarse el importe fijo que corresponda.
El régimen ¿es voluntario?
El régimen es voluntario y aquellos contribuyentes que hubieran optado por excluirse voluntariamente podrán solicitar su reingreso una vez que hayan transcurrido 12 meses desde que solicitaron dicha exclusión voluntaria del Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos.
Te dejamos acá el instructivo elaborado por ARBA para nuevos contribuyentes que deban inscribirse en AFIP y ARBA
Preguntas frecuentes de ARBA
Si querés conocer las preguntas frecuentes publicadas por ARBA relacionadas con: – Características generales del Régimen; – Alta – Inscripción; – Modificación de datos; – Cese o Exclusión del Régimen; – Pago; – No alcanzados – exenciones – exclusiones; – Información de interés ingresá al siguiente documento.