Se establece un plazo de regularización, hasta el 30 de abril de 2021, para que asociaciones civiles de primer grado cuyo objeto principal sea la promoción y atención de derechos económicos, sociales y culturales de grupos vulnerables y/o comunidades étnicas que presenten condiciones de pobreza y vulnerabilidad, o la promoción y atención de cuestiones de género, o la actuación como cooperadoras de establecimientos educativos, hospitalarios u otros que provean servicios a la comunidad, clubes sociales y deportivos, centros de jubilados, bibliotecas populares, espacios culturales independientes y organismos de derechos humanos, puedan realizar la presentación de estados contables correspondientes a los últimos 5 vencimientos anuales, la actualización de inscripción de autoridades vigentes y la rúbrica de libros.
El trámite de regularización será sin costo y aquellas asociaciones que se encuentran en el Registro de Entidades Inactivas (REI) y adhieran al programa serán inmediatamente excluidas del mismo.
Una vez finalizado el procedimiento, la IGJ expedirá un certificado de vigencia.
Accedé a la RESOLUCIÓN GENERAL (Insp. Gral. Justicia) 37/2020