Programa ATP de septiembre: inscripción a los créditos a tasa subsidiada, fecha de pago del salario complementario y baja del beneficio

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La AFIP, a través de la RG 4831, determina la forma y los requisitos para que las empresas accedan al beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada” correspondiente al mes de setiembre.

El acceso al servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” estará disponible en las fechas que seguidamente se indican, según se trate de:

a) Empresas en cuya nómina no cuenten con trabajadores con pluriempleo: desde hoy y hasta el 19 de octubre de 2020, ambas fechas inclusive.
b) Empresas que registren en su nómina trabajadores con pluriempleo: desde el 14 de octubre de 2020 hasta el 19 de octubre de 2020, ambas fechas inclusive.

A los efectos de acceder al beneficio, los empleadores deberán reingresar al citado servicio “web”, a fin de:

a) Conocer y aceptar el monto teórico máximo del crédito disponible, que resultará de la sumatoria de aquellos que correspondan a cada trabajador que integre su nómina.

b) Indicar una dirección de correo electrónico.

c) Seleccionar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.

Fecha de pago del salario complementario

La ANSES comenzó a informar que, a partir del 8 de octubre, el organismo deposita el monto del beneficio correspondiente al período septiembre 2020.

Para conocer la fecha de pago, deberá contar con el CUIL del trabajador e ingresar a la siguiente dirección web de la ANSES: https://servicioscorp.anses.gob.ar/ATPConsulta/

Baja a través de “Presentaciones digitales”

La AFIP habilitó en el servicio web “Presentaciones Digitales”, la posibilidad de darse de baja del Programa ATP y efectuar la devolución de los montos que percibieron los trabajadores en concepto de “Salario Complementario” del período septiembre 2020 y señala cuáles son los requisitos para dar cumplimiento a este trámite, conforme lo previsto en la  RG (AFIP) 4719