Bienes personales 2022: ¿Qué sucede con las inversiones exentas?

por

Richard L. Amaro Gómez

Con vista al próximo perfeccionamiento del hecho imponible del impuesto sobre los bienes personales, 31/12/2022 siempre que se prorrogue el impuesto, ¿qué inversiones del país conviene realizar para quedar exento del impuesto por las mismas?

Lo expuesto lo podemos ver con el siguiente cuadro:

NOTAS

A partir del período fiscal 2021, inclusive, están exentos por imperio de la Ley 27638, decreto 621/2021 y RG (CNV) 917/2021:

1. Obligaciones negociables:

Activo financieroDescripción
Obligaciones negociables
Ley 27638
a) Siempre que sean en pesos y
b) Cumplan con los requisitos del art. 36 de la Ley N° 23.576 más conocida como ley de obligaciones negociables:
1. Que sean colocados por oferta pública y
2. Que su destino, en general, sea la producción art. 36 de la ley indicada).
suscrpción impuestos

2. Fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros: está exención aplica siempre que no se encuadre en la exención de la nota 3.

3. Activos o instrumentos financieros específicos del Poder Ejecutivo:

  Activo financiero    Descripción
Activos financieros específicos del Poder Ejecutivo
Ley 27638
Siempre que:
1. Sean en moneda nacional.
2. Sean destinados a la inversión productiva.
3. Lo establezca el Poder Ejecutivo.
4. La norma que los regule establezca la exención.  
AFIP publicará el listado de estos activos exentos por cada período fiscal.

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