Cambios en la exhibición y publicidad de precios en comercios

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Se aprobó un proyecto que obliga a distintos comercios de la Ciudad de Buenos Aires a exhibir en carteleras visibles desde los precios hasta si existe o no el servicio de mesa, en caso de ser un local gastronómico.

La Legislatura porteña aprobó en la sesión ordinaria de este jueves la ley de Exhibición y Publicidad de Precios, que regulará el uso de las carteleras en los comercios porteños y obligará a que los comercios indiquen determinados aspectos en las mismas como, por ejemplo, los precios.

Según expresó el autor de la iniciativa y diputado porteño del Pro Helio Rebot, la iniciativa tiene por objeto “unificar la normativa dispersa al respecto”. También aclaró que la ley sancionada demandó “un trabajo de varios meses, consensuado con todos los legisladores”.

Entre los puntos salientes de la nueva ley se obliga a verdulerías, carnicerías, pescaderías, panaderías y casas de comidas para llevar, a “efectuar la exhibición de precios mediante carteleras ubicadas en el interior de los locales en forma destacada y visible, en las que se harán constar los precios por unidad de venta de los cortes y clases de carnes y sus derivados, clases de verduras, especies y cortes de pescados y mariscos, tipos de panes y facturas y las distintas variedades de comidas preparadas, respectivamente”.

En el caso de las farmacias, deberán “exhibir en su vidriera y/o en el mostrador de atención al público un cartel visible que indique si allí se controla o no la presión arterial en forma manual. En caso afirmativo deben precisarse los días, horarios y costo del citado servicio”.

Por otro lado, los establecimientos del rubro gastronómico tendrán que informar “sobre la existencia o no de Servicio de Mesa, Cubierto o similar. Dicha información deberá realizarse, mediante la colocación de un cartel visible en la entrada del establecimiento y en la carta del menú” y se aclara que “en caso de la existencia del mismo, deberá constar su costo”.

En cuanto a los anuncios publicitarios de venta de localidades para recitales será “obligatoria la mención de la razón social y domicilio legal del proveedor o responsable del servicio de venta de localidades y del organizador del evento musical, así como también un número de teléfono.

La meta que persigue este artículo es evitar inconvenientes como los que acontecieron durante el último recital del músico canadiense Justin Bieber realizado en noviembre, que fue suspendido y dejó sin canalizar los reclamos de miles de asistentes al show.

Fuente: texto publicado por Parlamentario.com (5/12/2013)