Créditos generados por diferencias de cuotas de monotributo en Córdoba
Accedé al análisis de la Resolución Normativa (DGR Cba.) 76/2021 sobre el saldo a favor que se genera de la nueva categorización.
Accedé al análisis de la Resolución Normativa (DGR Cba.) 76/2021 sobre el saldo a favor que se genera de la nueva categorización.
El Dr. Richard L. Amaro Gómez realiza un comentario acerca de si los gastos generados por operaciones con sujetos adheridos al régimen simplificado resultan deducibles en ganancias.
Te contamos cuáles son las fechas claves que estableció la AFIP, por medio de la RG 5003, para el Monotributo 2021
El impuesto diferido es una técnica de naturaleza contable mediante la cual se cuantifica el impuesto a las ganancias, considerando ciertas diferencias entre la normativa contable y la impositiva. Al respecto: “para corregir los defectos en la contabilización tradicional surge el método del impuesto diferido, por el que se asocian adecuadamente en el tiempo el ingreso con el gasto relacionado (el ingreso es la utilidad contable y el gasto es el tributo al que está obligado el ente), determinando el cargo contable por impuesto a las ganancias sobre la base del devengado”
El Banco Central permite acceder al mercado de cambios a los exportadores de bienes industrializados y extractivos
El doctor Daniel Pérez analiza la validez legal de las notificaciones realizadas por la AFIP a los contribuyentes para inducirlos a regularizar la situación laboral de sus trabajadores de casas particulares.
Los distintos Organismos que nuclean a los profesionales en Ciencias Económicas realizaron diversos pedidos ante la AFIP en relación con las modificaciones introducidas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes – Monotributo- por la Ley 27618 y la reglamentación establecida por la AFIP a través de la resolución general 5003.
La AFIP, por medio de la resolución general 5006, prorroga la presentación y el pago de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, bienes personales y cedular correspondiente al período fiscal 2020.
Se reglamenta la reducción del 100% de las contribuciones patronales vigentes con destino al SIPA que se devenguen entre los períodos mensuales mayo y diciembre de 2021, ambos inclusive
Las diferencias por las categorías nuevas de monotributo se podrán financiar en hasta 20 cuotas