¿Cuándo será el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas?

por

Jorge Daniel Saini – Departamento de Contenidos, Laboral

El Poder Ejecutivo Nacional decretó que el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas se efectúe el próximo 18 de mayo.

Cabe recordar que, de acuerdo a las precisiones del Decreto 3110/1970, los censos nacionales de población, familias y vivienda se realizaran con una periodicidad decenal, en los años terminados en “cero”.

Como consecuencia de las medidas sanitarias adoptadas para contener la propagación del COVID, el censo no se pudo realizar en el 2020, lo que llevo a que finalmente se produzca en mayo de este año.

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Feriado Nacional

El 18 de mayo de 2022 será considerado feriando nacional, de conformidad a lo dispuesto por la ley 24254.

Además, la misma normativa establece que “quedan prohibidas hasta las 20 horas del día indicado para la realización del Censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada”.

¿Cómo se liquidan los días feriados?

La LCT establece que a los días feriados se les aplican las normas legales sobre el descanso dominical, quedando prohibido el trabajo en dichos días (art. 166, LCT).

Para liquidar las remuneraciones se tomará como base de su cálculo lo dispuesto para las vacaciones:

  • Trabajadores mensualizados: percibirán el salario del día feriado dividiendo por 25 el importe del sueldo que tenía asignado el trabajador en el mes correspondiente al día feriado.
  • Trabajadores jornalizados: se debe tomar el importe que les hubiese correspondido percibir en la jornada anterior al feriado.
  • Trabajador retribuido a destajo: se debe tomar como salario base el promedio de lo percibido en los 6 días de trabajo efectivo inmediatamente anteriores al feriado o el que corresponda al menor número de días trabajados.
  • Trabajador retribuido con salarios variables: la determinación se efectuará tomando como base el promedio percibido en los 30 días inmediatamente anteriores al feriado.
  • Trabajadores mensualizados retribuidos a sueldo fijo y comisión: los trabajadores remunerados a sueldo fijo y comisión o solamente a esta última forma tienen derecho a percibir la remuneración correspondiente a los días feriados nacionales, pero excluyendo con respecto a los primeros la suma correspondiente al sueldo mensual.
  • Feriado trabajado: los trabajadores con derecho al feriado pago que presten servicios en dichos días percibirán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual. En el supuesto de que también trabajen horas extras, las mismas se computarán al 100%.

Censo digital

El Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas se podrá realizar a través de intenet.

El Censo digital es una herramienta que permite completar el cuestionario censal en línea. La población podrá responder las preguntas del cuestionario censal desde cualquier dispositivo electrónico con acceso a internet (computadora, tableta o celular).

El cuestionario podrá ser completado hasta el lunes 16 de mayo de 2022 inclusive.

Si las personas completaron el Censo digital, solo se les solicitará el comprobante de finalización del mismo, que es un código alfanumérico de 6 dígitos que se genera automáticamente al terminar de completar el cuestionario.

Ese comprobante se puede descargar y, además, quienes lo hayan realizado de forma digital lo recibirán en el correo electrónico que se registre al inicio del Censo, el cual no se solicitará impreso y, si en la vivienda hay más de un hogar, todos utilizarán el mismo comprobante de finalización.

¿Cuáles son los pasos para completar el Censo digital?

  • Generar el código único de la vivienda mediante el número de DNI y los datos del domicilio de la vivienda.
  • Ingresar al cuestionario digital y responder todas las preguntas.
  • Guardar el comprobante de finalización del Censo digital (código alfanumérico) para presentar ante la persona censista que visite el domicilio el Día del Censo.

Decreto 42/2022

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