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Conocé las 5 preguntas más frecuentes que respondió nuestro equipo de Consultas de Orientación Profesional de la semana del 30 de agosto al 3 de septiembre.
1) Bases imponibles mínimas y máximas. Cálculo de aportes y contribuciones
¿Cuáles son las bases imponibles mínimas y máximas para el cálculo de aportes y contribuciones a partir del período devengado septiembre 2021?
La Administración Nacional de la Seguridad Social mediante la publicación de la Resolución 178/2021 estableció que a partir del período devengado del mes de septiembre se aplicarán los siguientes topes:
- Base Imponible Mínima: pesos ocho mil setecientos treinta con sesenta y siete centavos ($8.730,67)
- Base Imponible Máxima: pesos doscientos ochenta y tres mil setecientos cuarenta y dos con sesenta centavos ($283.742,60)
No aplica el tope para las contribuciones patronales de Riesgo del trabajo – Ley 24557-
2) Usufructo de acciones
¿Qué derechos se transmiten en el caso del usufructo de acciones de una sociedad?
Al realizar la transferencia de acciones con usufructo, el titular o propietario de la acción goza de todos los derechos inherentes a la calidad de socio, tanto políticos como patrimoniales, con excepción de la percepción de dividendos, que queda en cabeza del usufructuario.
Es decir, el nudo propietario retiene para sí los derechos de asistencia a asambleas, voto, receso, de opción preferente, información, impugnación, participación en la liquidación social y la percepción de ganancias pasadas a reserva durante el usufructo.
En el caso de que en la constitución de usufructo sobre cuotas se pacte la transmisión del derecho a voto, la IGJ establece una serie de requisitos a cumplir, los cuales se encuentran detallados en el art. 137 de la resolución general (IGJ) 7/2015.
Lee también: ¿Cómo deben hacer las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) para presentar sus estados contables en IGJ?
3) Ajuste por inflación: cargos diferidos. Improcedencia
Una empresa activó cargos diferidos por licencias que tienen 5 años de duración por contrato y por gastos de construcción de inmuebles. ¿La amortización de los cargos diferidos tiene que ser por 5 años o puede ser mayor, como ser 10 años? ¿Estas partidas se ajustan por inflación?
Las normas no admiten la contabilización de “cargos diferidos” ni tampoco son un rubro de los estados contables. En todo caso, el pago de una licencia puede ser reconocido como un activo intangible si se cumplen los parámetros establecidos por la sección 5.13. de la RT 17, por lo que no sería un cargo diferido sino un activo intangible que se amortizará a lo largo de su vida útil (ver la norma citada al respecto).
Por otra parte, la construcción de un inmueble también requiere su activación (generalmente denominada obra en curso) pero en el rubro correspondiente al destino que tendrá el inmueble, que podrá ser bienes de cambio, bienes de uso o propiedades de inversión (ver, al respecto, las definiciones de la RT 9).<BR>
Ambos conceptos, activos intangibles y obras en curso, deberán ser ajustados por inflación.
4) Procedimiento transitorio de acceso al régimen general
Un contribuyente que hasta el 30/06/2021 estaba dentro de los parámetros de la ley de monotributo en categoría H servicios, en julio 2021 emite una factura de $ 385.000. El total anual hasta la factura anterior a esta en cuestión era $ 2.480.000, con esta factura ha excedido el tope por $ 265.000. ¿Cuáles son los pasos a seguir para formalizar la exclusión e inscripción en IVA, Ganancias y autónomos retroactivo a la fecha en que se pasó? ¿Cuál es el plazo para ejercer la opción?
5) Créditos a tasa cero 2021. D. 512/2021. R (MDP) 503/2021. RG (AFIP) 5058
¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir el contribuyente monotributista para acceder al crédito a tasa cero? ¿Cómo se solicita?
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