El Banco Central de la República Argentina establece, que a partir del 4 de julio de 2022 las entidades financieras y proveedores no financieros de crédito no deberán financiar en cuotas las compras de sus clientes –personas humanas o jurídicas- de pasajes al exterior y servicios turísticos en el exterior, ya sea en forma directa o a través de agencias de viajes y/o turismo, plataformas electrónicas u otros intermediarios.
La medida fue publicada a través de la Comunicación A 7535 en el marco de las restricciones cambiarias implementadas ante la escasez de reservas.
En la misma comunicación aplica la restricción a productos en el exterior que se reciban por el sistema de envíos postales sin finalidad comercial.
La norma incluye a “productos en el exterior que se reciban por el sistema de envíos postales sin finalidad comercial según el Código Aduanero, ni de servicios internacionales de fletes, “couriers” y gestoría de trámites aduaneros”.