Emergencia hídrica en el Noroeste y el Litoral de la República Argentina. Se prorrogan por seis meses determinadas obligaciones vencidas entre febrero y julio de 2019

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Se prorrogan por seis meses determinadas obligaciones vencidas entre febrero y julio de 2019

Se establece un diferimiento de 6 meses en el plazo de ingreso de las declaraciones juradas y los anticipos de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales, a la ganancia mínima presunta y sobre el fondo para educación y promoción cooperativa.
El citado plazo especial de ingreso resulta de aplicación para las obligaciones vencidas en los meses de febrero a julio de 2019 pertenecientes a los sujetos alcanzados por el “Estado de Emergencia Hídrica” en las regiones del Noroeste Argentino (NOA) y el Litoral de la República Argentina -dispuesto en el marco del D. 67/2019-.
A los efectos de acceder a los beneficios comentados, los contribuyentes deberán presentar una nota en la AFIP hasta el día 31/8/2019.

Acceda a la Resolución General (AFIP) 4539