Empleados de comercio, CCT 130/1975. Escala salarial desde el 1/4/2014 y 1/9/2014

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EMPLEADOS DE COMERCIO, CCT 130/1975. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/4/2014 Y 1/9/2014

Las partes representativas de la actividad mercantil alcanzadas por el CCT 130/1975 han suscripto el nuevo Acuerdo de recomposición salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación.
En tal sentido, se incrementan en un 27% las escalas salariales vigentes a efectivizarse en dos tramos de manera remunerativa y no acumulativa de la siguiente manera:
* 17% a partir de abril de 2014; y
* 10% a partir de setiembre de 2014.
La base de cálculo sobre la cual se aplicará el incremento salarial serán las escalas salariales vigentes en el mes de marzo de 2014, sin perjuicio de ello, en el Acuerdo se aclara que aquellas empresas que abonen suplementos y/o adicionales fijos y permanentes, por encima de los establecidos en el CCT 130/1975, procuren negociar, durante el presente año, su adecuación, teniendo como referencia los incrementos salariales previstos en el presente Acuerdo.
Asimismo, se conviene el pago de una asignación por única vez, con carácter extraordinario y no remunerativa de $ 2.400 en dos cuotas iguales de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre de 2014, respectivamente.
Por último, no obstante que la homologación del Acuerdo es condición para su validez y exigibilidad, se establece que en caso de estar pendiente la misma y se produzcan vencimientos de plazos para el pago de los incrementos pactados, los empleadores abonarán las sumas devengadas con la mención de “pago anticipado a cuenta del Acuerdo colectivo abril 2014”, las que quedarán reemplazadas y compensadas por los rubros correspondientes una vez homologado el Acuerdo.

Si es sucriptor, acceda al texto completo del acuerdo haciendo click aquí