Por Liliana M. Corzo
La doctora Liliana M. Corzo describe los puntos clave a tener en cuenta para liquidar los haberes de los encargados de edificio con el incremento salarial que rige a partir de abril de 2021.
Debido a la pandemia que nos afectó a todos, no podemos evitar que los encargados de los edificios se enfermen y que, lamentablemente, en algunos casos mueran, pero si podemos poner el foco en minimizar los riesgos de los Consorcios de Propietarios administrados o que asesoramos.
Para ello, se deben revisar las pólizas de las ART, los Seguros de Vida Obligatorios de los empleados, efectuar en tiempo y forma los pagos de las cargas sociales y sindicales y cumplir con todas las normativas vigentes.
I – ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo)
Por medio de la resolución 115/2021 del Ministerio de Trabajo se incrementa a partir del 1 de abril de 2021 la contribución al FFEP (Fondo fiduciario de enfermedades profesionales) que era de $ 0,60 y pasa a $ 40 por mes y por trabajador.
Se ha observado que algunos administradores, cuando son designados en un consorcio nuevo, no verifican el importe fijo y el variable que se le abona mensualmente a la ART.
En ocasiones, este importe es incorrecto, ya sea es más o en menos, en el primer caso se generan innecesariamente “saldos a favor” y en el otro caso se generan “deudas”. Un administrador idóneo debe tener un manual de procedimientos interno donde este contemplando el pedido de un libre deuda a la ART al iniciar y efectuar un control periódico anual del mismo. De esta forma verifica que lo que se está abonado en todo momento es lo correcto, y protege al Consorcio en caso de un siniestro.
Si sos suscriptor, podés acceder al artículo completo haciendo clic aquí.
Si no sos suscriptor accedé ahora mismo a todas las prestaciones y servicios haciendo clic aquí.