La Jefatura de Gabinete de Ministros exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las actividades desarrolladas en el Municipio de La Matanza con relación a la ampliación de la capacidad de almacenamiento vinculado a la venta mediante plataformas electrónicas.
Los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.
Las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades, servicios e industrias deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19, establecido por la decisión administrativa (JGM) 897/2020.
DECISIÓN ADMINISTRATIVA (Jefatura de Gabinete de Ministros) 1329/2020