La AFIP establece entre los días comprendidos entre el 11/5 y el 24/5/2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinaria.
Recordamos que entre dichas fechas no se computarán los plazos procedimentales en materia impositiva, de los recursos de la seguridad social y aduanera.
Por último, señalamos que quedan exceptuados de la presente feria los procedimientos de fiscalización del organismo en relación a información proporcionada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4713
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