Ganancias y bienes personales 2021: La justicia confirma la sentencia a favor del Consejo CABA y prorroga los vencimientos al 12 de julio

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La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar, solicitada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que suspendió los vencimientos de las declaraciones juradas de ganancias y bienes personales del período fiscal 2021.

En el fallo la Cámara dispone mantener la medida cautelar dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12 que suspende los vencimientos de las declaraciones juradas de ganancias y de bienes personales hasta el 12 de julio de 2022, inclusive, o hasta que se dicte sentencia definitiva, según la circunstancia que ocurra en primer término.

La medida cautelar había sido solicitada por el Consejo Profesional porteño y apelada por la AFIP

La Entidad que nuclea a los profesionales de la Ciudad de Buenos Aires había denunciado la omisión arbitraria e ilegítima de la AFIP al no prorrogar y/o reprogramar el vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, inclusive el impuesto cedular, y sobre los bienes personales del período fiscal 2021 de las personas humanas, cuyo vencimiento se estipuló para los días 23 a 27 de junio de este año.

En la medida otorgada por el Juzgado de primera instancia se aclara que, la medida cautelar alcanza a los profesionales matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires que intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el acceso a los servicios de la AFIP, así como también que realicen su labor profesional en la modalidad de asesoramiento tributario.

Por su parte, el Organismos Fiscal, al momento de presentar la apelación a la medida cautelar, expresó que el otorgamiento de la misma “tiene consecuencias graves sobre la oportuna ejecución del gasto público”, “perjudica de un modo directo la oportuna recaudación de los tributos y “beneficia a contribuyentes que no son parte del expediente ni han manifestado disconformidad alguna con el mecanismo de liquidación y pago de los impuestos y período involucrado”.

Además, expresó que los vencimientos suspendidos por la medida cautelar impactan en una sola jurisdicción, cuando en rigor existen 24 Consejos de ciencias económicas, asimismo nucleados en una Federación, y solo el de la Ciudad Autónoma judicializó el asunto, no habiéndose recibido queja alguna de los demás profesionales que han trabajado en tiempo y forma para presentar idénticas declaraciones juradas de las personas humanas a quienes les vencía el plazo el mismo día que a los clientes asesorados por los contadores aquí agrupados.

Sin embargo, los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de todo el país están solicitando en la justicia incorporarse al proceso judicial admitido por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 12  en virtud de que la citada resolución convoca a que eventuales interesados puedan ejercer su derecho de adhesión al proceso colectivo, con el fin de unificar criterios en resguardo del principio de igualdad y equidad.

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