La ley 27617 establece modificaciones en el impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia las cuales son aplicables a partir del 1/1/2021.
En este orden, se fijó un nuevo piso a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia comienzan a pagar el impuesto a las ganancias.
Sucede que esta ley se aprobó en el mes de abril de 2021 con efecto retroactivo, pero al momento no ha sido reglamentada, ni por el Poder Ejecutivo ni por la AFIP.
¿Cuándo y cómo será la devolución de las retenciones en Ganancias?
En este sentido, aún no se ha procedido a la devolución de las retenciones realizadas a los trabajadores, jubilados y pensionados desde el mes de enero de 2021 a la fecha, debido a que no está especificado de qué manera se debe realizar la misma. Y tampoco el empleador ha dejado de retener, como consecuencia de la falta de reglamentayoción comentada.
No obstante, desde el Poder Ejecutivo Nacional se difundió que la devolución del impuesto a las ganancias, será efectuada en 5 cuotas mensuales en los meses de julio a noviembre de 2021.
Por su parte, las entidades profesionales reclamaron a la AFIP y al Poder Ejecutivo una rápida reglamentación de esta ley.
En particular desde la FACPCE, en representación de los 24 Consejos Profesionales en Ciencias Económicas, se ha enviado una nota a la Subsecretaría de Ingresos Públicos en la cual se detallan determinados aspectos considerados importantes par ser contemplados en la reglamentación de la ley y se solicitan definiciones en relación con:
- Exención para bonos por productividad, fallo de caja, o conceptos similares
- Exención para el Sueldo Anual Complementario
- Deducción del conviviente
- Incremento de la deducción por hijo discapacitado para el trabajo
- Beneficios sociales no gravados
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