Se establece un mecanismo de coordinación entre la Inspección General de Justicia y el Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de Buenos Aires a los fines de obtener información sobre la constitución de derechos reales sobre inmuebles, como adquisiciones de dominio y constitución o cesión de hipotecas en las cuales los adquirentes, acreedores o cesionarios, a título pleno o fiduciario, sean sociedades por acciones simplificadas (SAS) inscriptas en IGJ o cualquier otro registro provincial.