Impuesto a las ganancias: Provisión de gasto en exceso – ajuste fiscal

por

Richard L. Amaro Gómez

Si durante el ejercicio 2021 una sociedad registró contra un gasto una provisión en exceso por $ 20.000, dado que la factura llegó en 2022 por $ 15.000,00, ¿Ese menor gasto qué quedó contabilizado en 2022, se ajusta en la contabilidad fiscal 2021 a fin de deducir el gasto real?

Traigamos a la memoria que la ley del impuesto a las ganancias sólo admite la deducción de gastos reales y ciertos devengados para un sujeto empresa. En este marco, es preciso indicar que en la contabilidad 2021 quedó registrado el gasto por $ 20.000,00, tal como refleja la siguiente registración contable:

Ahora bien, en 2022 llegó la factura por $ 15.000,00 reconociendo la contabilidad el gasto en exceso en el presente ejercicio por $ 5.000,00 mediante la siguiente registración:

Todo lo expuesto conlleva a que va a ser necesario ajustar la contabilidad fiscal tanto de 2021 como de 2022 para que el gasto quede imputado al ejercicio fiscal que corresponde, en nuestro caso 2021:

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