La AFIP aclara que no se encontrarán alcanzadas por la percepción del impuesto PAIS las adquisiciones de servicios de transporte de pasajeros terrestre, aéreo y por vía acuática con destino a las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur.
Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación para las adquisiciones realizadas desde el 23/12/2019.
Accedé a la Resolución general (AFIP) 4664