Régimen de incentivo a la construcción: El Poder Ejecutivo reglamentó el blanqueo de capitales

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A través del decreto 556/2022 publicado en el Boletín Oficial del 30 de agosto, el Poder Ejecutivo reglamentó la prórroga en el Régimen de Incentivo a la Construcción para promover el desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios realizados en el territorio de la República Argentina.

En tal sentido, señalamos los puntos más relevantes del decreto:

  • Se define el alcance del concepto “residente de conformidad con lo establecido por la ley del impuesto a las ganancias;
  • Aquellos sujetos que blanqueen dinero no podrán acceder a los beneficios de eximición del impuesto sobre los bienes personales, ni al cómputo del pago a cuenta del 1% sobre las nuevas inversiones, ni al diferimiento de los impuestos a la transferencia de inmuebles y/o a las ganancias que se aplican sobre los inmuebles que se enajenan;
  • Se aclara que los fondos depositados en las cuentas especiales no podrán ser afectados al pago del impuesto especial;
  • Se establece que el impuesto especial deberá determinarse sobre el valor de la tenencia que se declare, expresada en moneda nacional al momento de ingreso a la cuenta especial.

Blanqueo de capitales

Recordamos que el  pasado 22 de agosto se publicó en el Boletín Oficial la ley 27679 que prorrogó por 360 días corridos, contados a partir a partir de la fecha de publicación, los plazos referidos al blanqueo de capitales para quienes inviertan en los proyectos de construcción realizados en el territorio de la República Argentina -Título II de la ley 27613-.

De esta manera, la exteriorización voluntaria de tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior se podrá realizar hasta el día 17 de agosto de 2023.

suscrpción impuestos

El valor de la tenencia que se declare estará sujeto a la aplicación de un impuesto especial, cuya alícuota varía conforme a la fecha en la que se depositen los fondos en una cuenta especial:

  • Si el depósito se efectúa hasta el día 20/11/2022, se aplica una alícuota del 5%;
  • Para depósitos efectuados entre el 21/11/2022 y el 18/2/2023, se aplica una alícuota del 10%;
  • Si el depósito se efectúa desde el 19/2/2023 hasta el día 17/8/2023, se aplica una alícuota del 20%.

En materia de empleo le ley 27679 estableció la transformación de Planes, Programas Sociales y Prestaciones de la Seguridad Social en Trabajo Formal de Calidad para aquellos sujetos que sean contratados en el marco del Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la vivienda y cumplan con la capacitación y los cursos de formación que se establezcan.

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