Sumario:
En el caso C., M. R. c/P. L. Rivero y Cía. SA s/indemnización art. 212, la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó un fallo de primera instancia que hizo lugar a un pedido de indemnización del art. 212 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) porque las dolencias inculpables que padeció la trabajadora la marginaban del mercado laboral actual.
La demandada cuestionó que se la haya condenado al pago de la compensación que reglamenta dicho artículo de la LCT, ya que entendía que la minusvalía de la actora no era absoluta y que dicha norma resultaba inconstitucional.
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Enfermedad inculpable: ¿cuándo procede la indemnización por incapacidad?
Allí se señala la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y se analiza, especialmente, el cuarto párrafo de art. 212 de la LCT, en relación con la incapacidad absoluta.