Libro de Sueldos Digital y Simplificación Registral Empleadores: ¿cuáles son las novedades de agosto 2022?

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La Dra. Marcela Gómez analiza las novedades de agosto 2022 sobre Simplificación Registral Empleadores, efectos en los sistemas web de seguridad social y, en especial, el Libro de Sueldos Digital AFIP.

Introducción

En este mes, el Fisco receptó a nivel sistémico, una de las observaciones que le hacían los Ministerios de Trabajo provinciales, para aceptar el Libro de Sueldos Digital AFIP, como el Libro Especial del artículo 52 de la ley de contrato de trabajo (LCT).

Con fecha 17 de agosto se publica en el BO la resolución general (AFIP) 5250 que, entre otras novedades sobre el Libro de Sueldos Digital, establece que los sujetos obligados a utilizar este sistema deberán declarar en “Simplificación registral” la jurisdicción que corresponda a la autoridad administrativa local en materia del trabajo y registrar la fecha de antigüedad reconocida de cada uno de sus trabajadores en la Sección “Datos Complementarios”.

Si bien esta RG expresa que este dato debe ser cargado para cada trabajador, solo debería ingresarse en aquellos casos en que se dé el reconocimiento de una fecha de ingreso anterior, que sobre los que se calculen y se otorguen determinados institutos de la normativa laboral.

Más allá de la funcionalidad, repasaré la importancia del dato-concepto agregado en Simplificación Registral Empleadores y qué otros sistemas de la seguridad se verían afectados.

suscripción laboral

Puntos tratados en este artículo:

  • Introducción
  • Transferencia del contrato de trabajo
  • Fecha de ingreso en Simplificación Registral Empleadores
  • Pantallas de SRE
  • Efectos en los sistemas web de la seguridad social
  • Palabras finales

Nueva guía de “Fecha de Antigüedad Reconocida”

Se ha incorporado en el servicio Simplificación Registral un nuevo campo en la sección “Datos
Complementarios”
para que los empleadores puedan informar la “Fecha de Antigüedad
Reconocida”
de cada uno de sus trabajadores.
La misma corresponde a la fecha de inicio de relación laboral o fecha desde la cual sereconoce la antigüedad del trabajador, siendo ésta igual o menor a la fecha de ingreso efectiva.

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