La AFIP comunica que, a partir del 21 de diciembre de 2019, los empleadores incorporados para el mes devengado enero de 2020 que no hayan gozado del beneficio de extensión del período de prueba tendrán habilitado un botón en la aplicación web para poder solicitar por única vez una extensión del mismo. En caso de que lo soliciten, el nuevo período de obligación será el período abril de 2020 (con vencimiento en mayo de 2020).
ACTUALIZACIÓN AL 19/12/19
La entidad informa que desde 23/12/2019, los empleadores incorporados para el mes devengado 12/2019 que no hayan gozado del beneficio podrán solicitar la extensión. El período de obligación será abril de 2020 (vto en mayo de 2020).