Monotributo: la AFIP reglamenta los cambios en el régimen

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A través de la RG (AFIP) 5003, que aún se encuentra pendiente de publicación en el Boletín Oficial, la AFIP reglamenta los cambios en el Monotributo para el año 2021, introducidos por la ley 27618.

AFIP reglamenta monotributo

¿Cuáles son los nuevos valores de las categorías de Monotributo?

En cuanto a los nuevos valores, las categorías quedan de la siguiente manera:

CategoríasParámetro “Ingresos Brutos”Parámetro “Alquileres Devengados”
AHasta $ 282.444,69Hasta $ 105.916,77
BHasta $ 423.667,03Hasta $ 105.916,77
CHasta $ 564.889,40Hasta $ 211.833,52
DHasta $ 847.334,12Hasta $ 211.833,52
EHasta $ 1.129.778,77Hasta $ 263.951,28
FHasta $ 1.412.223,49Hasta $ 264.791,88
GHasta $ 1.694.668,19Hasta $ 317.750,28
HHasta $ 2.353.705,82Hasta $ 423.667,03
IHasta $ 2.765.604,35Hasta $ 423.667,03
JHasta $ 3.177.502,86Hasta $ 423.667,03
KHasta $ 3.530.558,74Hasta $ 423.667,03

Dichas categorías podrán ser consultadas a través del portal “Monotributo”  a partir del día de hoy, 1 de junio de 2021.

A raíz de esto, la AFIP pondrá a disposición la categoría en la que el contribuyente deberá quedar encuadrado a partir del 1/2/2021. Cada contribuyente podrá confirmarla o modificarla hasta el 25/6/202.

  • Se reglamentan los plazos y condiciones para acceder a los beneficios para contribuyentes cumplidores.
  • Se establecen los requisitos y procedimientos a seguir por los contribuyentes para encuadrarse en el Régimen de transición al Régimen General.
  • Se adecúan las normas referidas a emisión de comprobantes a contribuyentes Monotributistas, aplicables a partir del 1/7/2021.

Las disposiciones relativas con el Título I -Régimen de sostenimiento e inclusión fiscal. Beneficio a cumplidores. Procedimiento transitorio al régimen general-, el Título II –Procedimiento permanente de transición al régimen general. Régimen voluntario de promoción tributaria del régimen general-, el Título III -Categorización. Obligación de pago mensual- y el Título IV -reingreso al régimen simplificado para pequeños contribuyentes (RS)- entrarán en vigencia a partir del 31/5/2021.

Respecto a las disposiciones del Título V –Adecuación a las normas de emisión de comprobantes- serán de aplicación a partir del 1/7/2021.

Monotributo: AFIP reglamenta los cambios en el régimen

Te compartimos el texto completo de la norma: