Nueva moratoria previsional: dictamen favorable del Senado

por

Eugenia Khedayán – Departamento de Contenidos, Laboral

La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado dio dictamen favorable al proyecto de ley que establece una nueva moratoria previsional.

Según lo indica en sus fundamentos, el objetivo es facilitar la jubilación de cerca de 740.000 trabajadores y trabajadoras, que cumplirán en los próximos dos años la edad de retiro y que no cuentan con los 30 años de aportes que exige la ley para su acceso.

Cabe recordar que para jubilarse en el régimen general del Sistema Integrado Previsional Argentino las personas deben alcanzar una cierta edad (65 años los varones y 60 las mujeres) y acumular un mínimo de 30 años de servicios con aportes.

1. El Componente unidad de pago de deuda previsional

El proyecto establece el componente unidad de pago de deuda previsional, que consiste en un plan de pago para quienes están en edad de jubilarse, o que cumplan en los próximos dos años la edad jubilatoria, pero no cuentan con los años de aportes suficientes, permitiéndoles pagar mientras están cobrando la jubilación, hasta en 120 cuotas.

De este modo, se permite regularizar los períodos faltantes hasta el mes de diciembre del año 2008 (inclusive) a través de la aplicación de una modalidad de pago en cuotas que serán descontadas de manera directa del haber jubilatorio.

Cada unidad de pago de deuda previsional será equivalente a un mes de servicios y su cancelación será considerada al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU). El valor de la unidad de pago de deuda previsional será equivalente al veintinueve por ciento (29%) de la base mínima imponible de remuneración establecida por el artículo 9° de la Ley 24.241 y sus modificatorias, vigente a la fecha de la solicitud de la prestación previsional, independientemente del período al que se aplique.

Hoy en día el 29% de la remuneración mínima imponible equivale a un monto de $3.187 por mes, cifra que se actualiza trimestralmente. Dado que la remuneración mínima imponible tiene como mecanismo de actualización periódico la movilidad previsional, las cuotas del Plan de Pago de Deuda Previsional mantendrán este mismo criterio de actualización en el tiempo.

Para acceder a la unidad de pago de deuda previsional será necesario:

  • Haber cumplido la edad jubilatoria (60 años las mujeres y 65, los hombres).
  • Haber residido en el país y no haberse encontrado prestando servicios bajo relación de dependencia o en carácter de autónomo/a y/o monotributista, durante el período por el que se pretende adquirir las unidades de pago.
  • Encontrarse en un estado de vulnerabilidad socioeconómica y patrimonial.
suscripción laboral

2. El Componente unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad

Por otro lado, el proyecto establece el Componente unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad, de adhesión voluntaria, que brindaría la posibilidad a mujeres mayores de 50 y menores de 60 años y varones mayores de 55 y menores de 65 años que no alcanzarán a completar sus aportes en el tiempo esperado, anticiparse y comenzar a pagar ellos mismos los períodos faltantes.

De ese modo, se podrán saldar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012, siempre que puedan acreditar ingresos que permitan justificar el pago y hayan tenido residencia en el país.

Además, no debieron prestar servicios bajo relación de dependencia registrada o en carácter de autónomo/a y/o monotributista en el período que se pretende adquirir la unidad de cancelación.

La unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad es equivalente a un mes de servicios y tendrá un valor fijo del veintinueve por ciento (29%) de la base mínima imponible de remuneración correspondiente al mes y año en que fuera efectivamente abonado, independientemente del período de servicios al que se aplique.

Cabe destacar que el proyecto prevé que en aquellos casos en que la persona interesada no efectivizara el pago luego de haber formulado una solicitud de  liquidación, el trámite quedará sin efecto y no generará deuda alguna.

Cada unidad de cancelación de aportes previsionales abonada será registrada en la historia laboral de la persona.

No te olvides de seguirnos en nuestras redes sociales