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¿Cómo impactan las suspensiones dispuestas en el art. 223 bis LCT para la liquidación del SAC de junio 2020?
De acuerdo con lo establecido por el art. 223 bis, LCT, en caso de suspensiones por fuerza mayor o por falta o disminución del trabajo, el trabajador podrá percibir una prestación no remunerativa. El D. 329/2020 , en su artículo 2 prohíbe las suspensiones por fuerza mayor o por falta o disminución de trabajo, excepto aquellas suspensiones efectuadas en los términos del citado art. 223 bis, LCT. Esta prohibición inicialmente dispuesta por el término de 60 días, fue luego prorrogada por el D. 487/2020 por 60 días más. En el marco de la pandemia del Coronavirus, mediante la R. (MTESS) 397/2020 se estableció además el procedimiento para la instrumentación de suspensiones en los términos de la excepción dispuesta por el citado D. 329/2020, aclarándose en su Anexo, respecto de la prestación no remuneratoria, lo siguiente:
La AFIP y la ANSES retoman la atención presencial
El organismo previsional reabrió al público más de 150 Unidades de Atención Integral (UDAI) y oficinas en todo el país, con un sistema de turnos programados y garantizando el protocolo sanitario.
CABA: protocolo para inmobiliarias para la prevención del coronavirus
Se efectúan recomendaciones generales respecto de empleados y clientes/concurrentes tanto al establecimiento como a visitas a los inmuebles para su exhibición y, asimismo, la toma de medidas ante la ocurrencia de casos sospechosos, confirmados y contactos estrechos acorde a las normas dictadas por los organismos jurisdiccionales.
Ganancias 4º categoría F. 1357: aspectos relevantes de la liquidación anual, final e informativa
La Doctora Marcela Gómez analiza los principales aspectos para la presentación de la liquidación anual 2019, que vence el próximo 3 de julio, como así también responde a las inquietudes sobre las liquidaciones finales e informativas por cese de la relación laboral o cambio del agente de retención, cuya presentación por parte de los agentes de retención debió efectuarse en los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2020, aunque se considerarán en término si se presentan hasta el 30 de junio de 2020, inclusive.
El convenio multilateral frente a los sistemas de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos
A través de la charla virtual El convenio multilateral frente a los sistemas de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos, el doctor José Alaniz respondió, de forma gratuita a los matriculados, las principales consultas sobre IIBB y Convenio Multilateral. Accedé a continuación a los temas destacados por el especialista y a las preguntas que realizaron los asistentes antes y durante la emisión de nuestra charla virtual. LOS PUNTOS MÁS CONSULTADOS 1) ¿Qué opina acerca del fallo que cambia el criterio de imputación a cada jurisdicción en relación a servicios prestados? Entiendo que la consulta se refiere a nuestra publicación…
Alícuota 0% en ingresos brutos para la producción primaria de ciertos productos en Tucumán, período 2020
Se prorroga desde el anticipo correspondiente al mes de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 la alícuota 0% en el impuesto sobre los ingresos brutos para las siguientes actividades: