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Actividad financiera: 24 y 31 de diciembre asueto a partir de las 13 hs
El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través del Comunicado 50674, de fecha 21/12/2015, resolvió disponer asueto a su personal para los días 24 y 31 de diciembre a partir de las 13 hs. Asimismo, decidió invitar a las entidades financieras y cambiarias a adoptar medidas de similar tenor para sus empleados. De tal manera, los días 24 y 31 de diciembre las entidades financieras podrán atender al público y desarrollar sus actividades de manera habitual hasta las 13, a excepción del clearing de cheques. Fuente: Editorial Errepar
Acordada 41/2015: Tribunales Nacionales y Federales. 24 y 31 de Diciembre de 2015. Feriado Judicial
Se declara feriado judicial los días 24 y 31 de diciembre de 2015 para los tribunales nacionales y federales con asiento en la Capital y en el interior del país. Mirá el texto completo de la NACIONAL – Acordada 41-2015 de la CSJN Fuente: Editorial Errepar
La entrega de certificados para la asignación por escolaridad vence el próximo 31 de diciembre
La ANSES comunica que el próximo 31 de diciembre vence la presentación del Certificado de Escolaridad para que proceda el cobro de la asginación por escolaridad -cuando correspondiere- a liquidarse en marzo de 2016.
El organismo previsional cuenta con la opción para hacer la presentación directamente en su sitio web (www.anses.gob.ar), además de elegir la manera presencial y con turno previo en cualquiera de las delegaciones.
Administración Pública Nacional: Asueto los días 24 y 31 de Diciembre de 2015
El Poder Ejecutivo Nacional a través del decreto 196/2015 otorgó asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre de 2015. Fuente: Editorial Errepar
Si la segunda cuota del SAC hubiera sido abonado sin tener en cuenta el decreto 152/2015, la devolución no podrá exceder el mes de enero de 2016
La AFIP informa en su página web que si la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario hubiera sido abonado sin tener en cuenta el beneficio otorgado mediante el decreto 152/2015, la devolución no podrá exceder el mes de enero de 2016. No obstante, cabe aclarar que el citado decreto -en su artículo 4- prevé esta situación solamente para jubilados y pensionados. En estos casos, si el empleador no tuviera remuneraciones para abonar en lo que resta del mes de diciembre, una alternativa que podría resultar válida es efectuar una liquidación adicional de ajuste durante el citado mes para efectivizar la…
Asignaciones familiares: Paga especial de $ 400 para beneficiarios de asignación universal por hijo, por embarazo y jubilaciones mínimas
El Poder Ejecutivo anunció un pago especial de $ 400 para los titulares de derecho que perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo (AxE) y las jubilaciones mínimas. Según anunció, el pago se realizará la próxima semana “antes del fin de semana largo” de fin de año. Fuente: Editorial Errepar