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Proyecto de ley para Provincia de Bs. As.: Contratación obligatoria de jóvenes
Es para establecimientos de más de 120 empleados, que deberán contratar compulsivamente a personas de entre 18 y 24 años. El proyecto ya tiene media sanción en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires. La iniciativa fue presentada por la diputada provincial del Frente Para la Victoria, María Fernanda Raverta, y plantea que las empresas cuya planta supere los 120 empleados, deberán contratar jóvenes de entre los 18 y los 24 años que se encuentren en situación de desempleo, no tengan o hayan tenido vínculo laboral anterior debidamente registrado. El proyecto, de convertirse en ley, obligaría a…
¿Cómo dar de alta la Clave Fiscal a través de Home Banking?
¿Qué es la Clave Fiscal? Es una contraseña que otorga la AFIP para poder realizar trámites (presentar declaraciones juradas, efectuar pagos, adherir al Monotributo, solicitar la baja en impuestos o regímenes, etc.) desde cualquier PC conectada a INTERNET, por lo que para ello es necesario cumplir con ciertas formalidades a fin de garantizar la confidencialidad de la información remitida. La Administración Federal de Ingresos Públicos comunica a través de su página web que se podrá dar de alta la clave fiscal con nivel de seguridad 2, a través de Home Banking. Esta nueva transacción web se suma a la ya…
Nota para la AFIP del Colegio de Graduados de Ciencias Económicas
El Colegio de Graduados presentó una nota a la AFIP en relación a la resolución general n°3770/2015. Para leer la nota completa haga click aquí. Fuente: CGCE Seleccionado por: Editorial Errepar
SIPA: Resolución (ANSeS) 396/2015 aprueba coeficientes de actualización
Resolución (ANSeS) 396/2015. Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales. Haberes mínimo garantizado y máximo desde setiembre de 2015. Base imponible. Importe de la Prestación Básica Universal (PBU). Determinación
JURISDICCIÓN: Nacional
ORGANISMO: Adm. Nac. Seguridad Social
FECHA: 13/08/2015
BOL. OFICIAL: 19/08/2015
VISTO:
El Expediente N° 024-99-81685168-4-790 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nros. 24.241 y 26.417 y sus modificatorias, la Resolución SSS N° 6 de fecha 25 de febrero de 2009 y la Resolución D.E.-N N° 44 de fecha 10 de febrero de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.417 estableció la movilidad de las prestaciones del Régimen Previsional Público, actualmente denominado SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), instituido por la Ley N° 26.425.
Que la Resolución SSS N° 6/09 determinó las fechas de vigencia y las pautas específicas de aplicación de cada una de las disposiciones de la Ley N° 26.417, como así también el modo de aplicación del índice de movilidad a fin de practicar la actualización de las remuneraciones a que refiere el artículo 24 inciso a) de la Ley N° 24.241, texto según el artículo 12 de la Ley N° 26.417, y los procedimientos de cálculo del promedio de remuneraciones en relación de dependencia para determinar la Prestación Compensatoria (PC), conforme lo estipulado por el citado artículo 12.
Que, asimismo, los artículos 4° y 8° de la Resolución SSS N° 6/09 facultaron a esta Administración Nacional para fijar las pautas de aplicación de la movilidad de las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), según los lineamientos establecidos por dicha norma.
Que la Resolución D.E.-N N° 44/15 aprobó los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 28 de febrero de 2015 o que continúen en actividad a partir del 1° de marzo de 2015, según las pautas fijadas por la Resolución SSS N° 6/09.
Régimen de información de compras y ventas: AFIP responde al CPCE de CABA
La AFIP respondió sobre el planteo realizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acerca del régimen de información de compras y ventas. Para leer la respuesta completa haga click aquí. Fuente: CPCE CABA Seleccionado por: Editorial Errepar
Fin de los aumentos discrecionales de los impuestos provinciales, dispuesto por la CSJN
Desde EY Argentina dieron cuenta de las numerosas sentencias en las que el máximo tribunal no permitió un tratamiento diferencial para los contribuyentes que están radicados en jurisdicciones diferentes Desde hace tiempo, los fiscos provinciales impusieron un tratamiento desventajoso, aplicando alícuotas diferenciales tanto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos como en el Impuesto de Sellos, a aquellos contribuyentes radicados en extraña jurisdicción. Este tratamiento nocivo, criticado desde su origen por la doctrina especializada, pareciera llegar a su fin a través de varios pronunciamientos recientemente vertidos por la Corte Suprema de Justicia (CSJN). En este contexto, el máximo tribunal dio…