Se prorrogan las prestaciones por desempleo hasta fin de año

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A través de la Resolución 890/2021 de la Secretaría de Empleo que funciona bajo la órbita del Ministerio de Trabajo, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 los vencimientos de las prestaciones por desempleo de las leyes 24013 (ley nacional de empleo) y 25371 (industria de la construcción) que se produzcan entre el 1° de agosto y el 30 de noviembre del corriente año.

Jorge Daniel Saini – Departamento de Contenidos, Laboral

En medio de las restricciones por la pandemia, y con el objeto de mitigar el impacto económico de la cuarentena, el beneficio había sido prorrogado por última vez a través de la Resolución (SE) 576/2021, oficializada a fines de junio y rigiendo hasta el 31 de agosto de este año.

Por otra parte, de acuerdo a lo establecido por el art. 3 de la resolución (SE) 890/2021, dado el carácter contributivo de las prestaciones por desempleo y con el fin de tender hacia un ordenamiento de las medidas de emergencia adoptadas, se establece que los titulares de prestaciones por desempleo alcanzados por las prórrogas de vencimientos podrán percibir como límite máximo, la cantidad de 30 cuotas de prestaciones por desempleo.

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Se aclara que las cuotas de prórroga de las prestaciones por desempleo serán mensuales, sin poder aplicarse la modalidad de pago único prevista en el artículo 127 de la Ley 24.013.

Asimismo, se deja establecido que el monto de las cuotas de prórroga será equivalente al 70% de la prestación original.

Por último, se aclara que “la Administración Nacional de Seguridad Social efectuará los cruces informáticos y demás controles a su cargo para la determinación del derecho a las prestaciones por desempleo que resulten extendidas por la presente Resolución”.

R (SE) 890/2021