La AFIP pone a disposición la Versión 13 Release 0 del programa aplicativo Ganancias Personas Jurídicas, que trae las siguientes novedades:
1. Se permiten:
1.1. La carga de quebrantos de fuente extranjera por venta de acciones.
1.2. La carga de ajustes que aumentan o disminuyen el resultado por venta de acciones.
1.3. El traslado del impuesto determinado liberado al campo “Subtotal de Fuente Argentina” cuando existan dos tipos de proyectos promovidos cargados al sistema, con bonos solamente para uno de estos.
1.4. La posibilidad de carga de ganancias de fuente extranjera para aquellos proyectos promovidos otorgados en el marco de la ley 25922 y su modificatoria 26692 y el decreto 1315/2013.
2. Asimismo:
2.1. Se incorpora un nuevo valor a la tabla “Tipo de Régimen” (“Exceptuado según Art. 13° del Decreto N° 1.315/2013”) dentro de la pantalla “Datos Descriptivos – Proyectos Promovidos”.
2.2. Se incorpora una nueva pantalla “Apropiación del Resultado por Actividad (Fuente Extranjera)”.
2.3. Se incorpora a la declaración jurada la marca “Saldo a favor por fusión o absorción”.
2.4. En el rubro “Disponibilidades”, el campo “CUIT del Banco” pasa a llamarse “CUIT del País”.
2.5. Se incorpora la marca de exteriorización de divisas.
2.6. Se incorpora en la pantalla “Saldo previo al cómputo del impuesto a los créditos y débitos” un campo “¿Estuvo sujeto la renta de fuente argentina al pago a cuenta pagado en el exterior Art. 11.3.b) Acuerdo Uruguay (Acuerdo entre la República Argentina y la República Oriental de Uruguay para el Intercambio de Información Tributaria y Método para Evitar la Doble Imposición? Art. 11.3.b)”. Si se marca con el valor “SÍ”, se habilita la carga obligatoria de una nueva pantalla denominada “Identificación del pago a cuenta realizado en el exterior”, que permitirá trasladar automáticamente el importe del impuesto pagado en el exterior al campo “Pago a cuenta realizado en el exterior Art. 11.3.b) Acuerdo con Uruguay”.
2.7. El campo “Anticipo” de la pantalla “Anticipos cancelados con cómputo del impuesto sobre los créditos y débitos” solo permite cargar valores menores o iguales a 12.
2.8. En el detalle de inmuebles, cuando se cargue como tipo el valor “Local”, se incorpora la validación que impide cargar como destino “casa habitación”.
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Fuente: Editorial Errepar