Se extiende la posibilidad de realizar determinados trámites no presenciales ante la AFIP

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La AFIP, por medio de la resolución general 5105 publicada en el Boletín Oficial del lunes 29 de noviembre de 2021, extiende la posibilidad de realizar diferentes trámites sin tener que concurrir a las dependencias del Organismo.

DECRETO - Impuesto - valor agregado - servicios digitales - bienes de capital

En tal sentido, la AFIP extiende al 31 de diciembre de 2021:

– La utilización obligatoria del servicio denominado “Presentaciones Digitales”, para la realización de determinados trámites y gestiones.

– La eximición para los contribuyentes y responsables de registrar sus datos biométricos ante las dependencias a fin de realizar transacciones digitales que tengan dicha registración como requisito;

Por último, recordamos que la extensión de dichos plazos se dictaron considerando la dificultad de los contribuyentes y responsables para concurrir a las dependencias de la AFIP como consecuencias de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio, dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la pandemia del COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Antecedentes

Anteriormente, la AFIP había extendido la posibilidad de realizar los trámites mencionados anteriormente sin tener que concurrir a las dependencias del Organismo según el siguiente detalle :

A continuación podrá acceder al texto completo de la RG (AFIP) 5105: