AFIP. Turnos web. Listado de trámites disponibles

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Sistema de turnos “web” obligatorio para la obtención o blanqueo de la clave fiscal

Se establece que a partir del 15 de enero de 2018 estará disponible en la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el sistema de turnos web para la gestión de determinados trámites y formulación de consultas en las dependencias de la AFIP.

En este orden se establece que en una primera etapa el mencionado sistema de turnos “web” será de aplicación obligatoria únicamente para los trámites de obtención o blanqueo de clave fiscal. Para obtener dicho turno se deberá ingresar al portal de la AFIP (www.afip.gob.ar) ingresando a la opción “Turnos”.

Posteriormente los turnos podrán solicitarse a través del “Portal del Ciudadano” al que se accede dentro de la página web del Organismo ingresando con clave fiscal. A través del mismo se podrán consultar los turnos solicitados, como así también modificarse y/o eliminarse.

Nómina de trámites y consultas que requerirán la obtención previa de un turno “web”

Acercamos el listado de trámites que, a partir del 15 de enero de 2018, requerirán la obtención de un turno web para su realización ante el Organismo. Haciendo clic en cada trámite, se podrán consultar los requisitos para cada uno de ellos.

Destacamos que la nómina, con su correspondiente cronograma de aplicación, se encuentra en el micrositio “Gestión de Atención Institucional” (www.afip.gob.ar/atención) de AFIP.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4188-E

VISTO

El objetivo permanente de esta Administración Federal de optimizar la relación fisco-contribuyente mediante el perfeccionamiento de los servicios que brinda, y

CONSIDERANDO

Que a efectos de la consecución de dicho objetivo y con el propósito de lograr una mayor eficiencia en la atención al ciudadano, se implementó una herramienta de gestión de turnos que permite simplificar la administración de la demanda de atención, llevar un registro de los trámites realizados y obtener información estadística.

Que en virtud de la satisfactoria experiencia recogida y la práctica probada con buenos resultados en otros organismos públicos de este método de atención, resulta oportuno establecer el uso obligatorio de la referida herramienta para la gestión de determinados trámites o formulación de consultas en las dependencias del Organismo, en días y horarios previamente acordados.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Servicios al Contribuyente y de Sistemas y Telecomunicaciones, y las Direcciones Generales Impositiva, de Aduanas y de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Art. 1 – Establécese con carácter obligatorio la utilización del sistema de turnos “web” para la gestión de determinados trámites y formulación de consultas en las dependencias de esta Administración Federal, en días y horarios previamente acordados.

Art. 2 – A los efectos de solicitar un turno “web” sin clave fiscal, los ciudadanos deberán seleccionar la opción “Turnos” ubicado en el margen superior del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar) y completar los datos requeridos por el sistema.

Alternativamente, el turno podrá solicitarse a través del servicio denominado “Portal del Ciudadano” que se encuentra disponible en el referido sitio “web”, al que se accederá con clave fiscal obtenida de acuerdo con el procedimiento previsto en la resolución general 3713 y sus modificaciones.

Art. 3 – Los turnos solicitados se podrán consultar, modificar y/o eliminar a través del servicio “web” indicado en el artículo anterior.

Art. 4 – La nómina de los trámites y consultas que requerirán la obtención previa de un turno “web”, con su correspondiente cronograma de aplicación, será publicada en el micrositio “Gestión de Atención Institucional” (www.afip.gob.ar/atencion) del sitio “web” de esta Administración Federal y en otros medios alternativos de difusión.

En una primera etapa, la utilización del sistema de turnos “web” será de aplicación obligatoria únicamente para los trámites de obtención o blanqueo de la clave fiscal.

Art. 5 – Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día 15 de enero de 2018.

Art. 6 – De forma.

VIGENCIA Y APLICACIÓN

Vigencia: 8/1/2018

Aplicación: desde el 15/1/2018

 

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  • inscripción, obtención y blanqueo de clave fiscal,
  • registración y aceptación de datos biométricos,
  • altas y bajas en impuestos y seguridad social;
  • adhesión al monotributo,
  • recategorización y declaración jurada informativa;
  • denuncia del domicilio fiscal,
  • formulario 960/NM, régimen de trabajadores autónomos, régimen de empleadores y Simplificación Registral Empleadores, entre otros temas.

 

Fuente: Editorial Errepar