REPRO: fechas de inscripción, facturación y nómina

por

Eugenia Khedayán – Departamento de Contenidos, Laboral

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la Resolución 1333/2022, establece las fechas de inscripción, facturación y nómina, los cortes de actualización de C.B.U. y los cortes de bajas en nómina para el Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), para los salarios devengados durante los meses comprendidos entre octubre y diciembre de 2022.

Las fechas son las siguientes:

MES DEVENGADOFechas de inscripciónCorte actualización CBUFacturaciónNómina (F931)Corte de actualización de bajas en nómina
OCTUBRE25/10 al 31/1023 de octubre inclusiveSeptiembre de 2019/ Septiembre de 2022Septiembre de 2022Hasta 23 de octubre inclusive
NOVIEMBRE24/11 al 30/1122 de noviembre inclusiveOctubre de 2019/ Octubre de 2022Octubre de 2022Hasta 22 de noviembre inclusive
DICIEMBRE23/12 al 30/1221 de diciembre inclusiveNoviembre de 2019/ Noviembre de 2022Noviembre de 2022Hasta 21 de diciembre inclusive

Requisitos del REPRO

Recordamos que, según lo estableció la Resolución (MTESS) 420/2022 creadora del Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), para acceder al beneficio, los postulantes deberán cumplir con las siguientes condiciones de acceso:

  • Enfrentar una situación económica crítica conforme la evaluación de un conjunto de indicadores patrimoniales, financieros, económicos y de parámetros, los cuales serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO).
  • Presentar un “Plan de recuperación económica, productiva y laboral” consistente, veraz y de efectivo cumplimiento.
  • No haber efectuado una reducción de personal mayor al veinte por ciento (20%) en la comparación interanual al momento de solicitar la asistencia dineraria.

El Programa incluye criterios de preselección y selección para acceder al beneficio:

1) Criterios de preselección: Evaluación de un conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales. Los indicadores, son los siguientes:

  • Variación de la facturación.
  • Variación del IVA compras.
  • Endeudamiento (pasivo total/ patrimonio neto).
  • Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente).
  • Variación porcentual del consumo de energía eléctrica y gasífera.
  • Variación porcentual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.
  • Variación porcentual de las importaciones.

Los parámetros para cada indicador serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), como así también los periodos de referencia utilizados para cada indicador.

2) Criterios de selección: el sujeto empleador deberá contar con el Plan de recuperación económica, productiva y laboral aprobado el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

La inscripción al programa tendrá una periodicidad mensual y el lapso de tiempo para su inscripción será determinado a través de Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Los empleadores que no hayan accedido al beneficio en un mes, podrán reinscribirse en los meses siguientes, con un máximo tres (3) veces en el período del año calendario.

Lo importante es que este beneficio será concedido mediante acto administrativo fundado de esta Cartera de Estado previa intervención de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Trabajo. Esto asegura, por lo tanto, un derecho a reclamo.

Controles y pérdida del subsidio

Con respecto al control posterior, expresa la Resolución (MTESS) 420/2022 que, durante el período de otorgamiento del subsidio se realizará una verificación periódica de la nómina de personal a través de los registros administrativos disponibles. En caso que se verifiquen desvinculaciones de personal durante el periodo de otorgamiento del subsidio, las trabajadoras y los trabajadores desvinculados no percibirán la asignación dineraria que otorga el Programa.

Te puede interesar:

Resolución (MTESS) 1333/2022

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