REPRO II. Criterios de preselección para diciembre de 2021

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 El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a través de la Resolución 12/2022, adopta las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa “REPRO II” y define los parámetros y los criterios de selección para el acceso a este programa y al “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos” correspondiente al mes de diciembre de 2021.

En tal sentido, se actualizan las variaciones de facturación en términos reales, tomando como referencia las producidas entre noviembre de 2019 y noviembre de 2021.

¿Cuáles son los parámetros y condiciones del REPRO II?

El Comité recomienda que las variaciones porcentuales de la facturación nominal aplicables como criterio de preselección para el Programa REPRO II del mes de diciembre de 2021, considerando como referencia la variación en términos reales establecida en la Resolución 938/20 y sus modificatorias, sean las expuestas en la siguiente tabla (en la columna “Nominal” según Comité REPRO II):

Asimismo, el Comité sugiere que los parámetros definidos para los indicadores que integran en conjunto los criterios de selección al programa REPRO II correspondiente al mes de diciembre de 2021, deberían alcanzar los valores planteados en el cuadro siguiente:

Teniendo en cuenta los parámetros presentados, para acceder al beneficio del Programa REPRO II, los empleadores deberán cumplir con las siguientes condiciones, de acuerdo al sector de actividad al que pertenezcan:

  • Sectores críticos y afectados no críticos: cumplimiento de, al menos, 4  de los 6 indicadores establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes 2 indicadores:
    • Variación del IVA Compras
    • Variación de la relación entre el costo laboral y la facturación
  • Sector salud: cumplimiento de, al menos, 4 de los 6 indicadores establecidos, de los cuales, será de cumplimiento obligatorio, el siguiente indicador:
    • Variación de la relación entre el costo laboral y la facturación.
  • Las empresas con más de 15 trabajadores dependientes deberán presentar obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto.
  • Las empresas que declaren consumo energético 0 tanto en octubre de 2019 como en octubre de 2021 y no justifiquen en forma adecuada dicha declaración en el formulario de carga en línea de los indicadores, serán excluidas del beneficio (no se aplica este criterio a las empresas que hayan iniciado su actividad económica a partir del 1° de enero de 2019).
suscripción laboral

Para el caso del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos, correspondiente al mes de diciembre de 2021, el Comité propone la siguiente variación de la facturación.

 ¿Cuáles son los parámetros y condiciones del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos?

Teniendo en cuenta lo dispuesto en las Resoluciones 416/21 y 420/21, para acceder al beneficio del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos, las trabajadoras y los trabajadores independientes deben cumplir con las siguientes condiciones:

  • Trabajador no empleador: cumplimiento del indicador de variación de la facturación.
  • Trabajador empleador: cumplimiento del indicador de variación de la facturación y de los criterios de selección del Programa REPRO II.