La Dirección Provincial de Personas Jurídicas de Buenos Aires informó que, a partir del próximo lunes (3 de octubre), las reservas de denominación que se realicen previo a la constitución de una entidad, volverán a tener plazo de vencimiento.
Recordamos que, la Disposición 45/2015 dispone, en su artículo 85, que toda modalidad asociativa que se pretenda inscribir en el organismo puede en forma previa al inicio del trámite de constitución o de modificación de razón social solicitar la reserva de nombre incluyendo hasta 5 posibles denominaciones.
Esta norma permite que por el plazo de 30 días la entidad disponga libremente de la denominación elegida por no existir idénticas denominaciones en los registros de la DPPJ, sin posibilidad de que otra entidad pueda utilizarla.
¿Quiénes pueden realizar el trámite?
Todas las formas asociativas que tengan domicilio en la provincia de Buenos Aires y pretendan inscribirse en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
También pueden solicitar la reserva de nombre, aquellas entidades que resuelvan modificar su razón social.
¿Qué es la homonimia?
Este trámite permite detectar, antes de la firma del estatuto, la presencia de semejanzas fonéticas o gramaticales que sean susceptibles de producir confusión sobre la distinta identidad de las personas jurídicas.
De esta forma, se podrá, antes de que los socios firmen los instrumentos públicos o privados que correspondan, corroborar que no existan otras sociedades con esa denominación y que al momento de iniciar el trámite de constitución, el mismo sea observado por la DPPJ.
Asimismo, permite por 30 días contar la disponibilidad exclusiva de ese nombre, prohibiendo su uso por parte de otras personas.
¿Cuántas denominaciones se pueden reservar?
En la solicitud de reserva se pueden incluir hasta 5 denominaciones posibles, cuyo orden se considerará orden de preferencia, pero la reserva valdrá en relación a la que resulte utilizable por no existir idénticas en los registros de la DPPJ, según el orden de preferencia.
¿Cuál es el plazo de reserva?
Las reservas serán concedidas por 30 días debiendo iniciarse dentro de dicho plazo el trámite principal de constitución o modificación de razón social.
Al solicitarse la inscripción de constitución o modificación de nombre, se debe acompañar la constancia de reserva vigente.
¿Cómo se realiza el procedimiento?
El procedimiento se realiza con la presentación de la minuta rogatoria correspondiente en forma presencial o a través del procedimiento de presentaciones digitales a través del sistema de formularios digitales del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.