RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 730/2013 | Ingresos brutos. Retenciones y/o percepciones. Reclamos de repetición. Casos que no requieren verificación de la existencia de deudas de otros tributos
JURISDICCIÓN: Buenos Aires (Ciudad)
ORGANISMO: Adm. Gubernamental de Ingresos Públicos
ECHA: 02/10/2013
BOL. OFICIAL: 07/10/2013
Art. 1 – Los reclamos de repetición del impuesto sobre los ingresos brutos originados en retenciones/percepciones efectuadas por los agentes de recaudación, cuyos importes no superen la suma de $ 5.000 (pesos cinco mil), no requieren la verificación de la existencia de deuda con respecto de los restantes gravámenes por los que se encuentra alcanzado el contribuyente.
Art. 2 – Cuando se trate de contribuyentes inscriptos en la Categoría Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior, deberá verificarse previamente la exclusión de los mismos del universo de Contribuyentes de Riesgo Fiscal.
Art. 3 – De forma.