Derogación de percepción del 35% a los consumos en el exterior con tarjetas o a través de portales o sitios virtuales
¿Se aplica la percepción del 35% a los consumos efectuados en el exterior mediante tarjetas de crédito, débito, compra y/o a través de portales o sitios virtuales con anterioridad al 17/12/2015, pero cuya liquidación se paga con posterioridad a esa fecha?
El artículo 1 de la resolución general (AFIP) 3822 establece que no se encuentran alcanzados por la percepción del 35% los consumos en el exterior o a través de Internet en moneda extranjera que se hubieran realizado con tarjetas de crédito, débito y/o compra con anterioridad al 17/12/2015 cuya fecha de liquidación se produzca con posterioridad a dicha fecha.
Fuente: Editorial Errepar