Impuesto a las ganancias: impuesto al dividendo – Ley 27630
Un comentario del Dr. Amaro Gómez acerca del impuesto al dividendo en ganancias, a partir de la ley 27630.
Un comentario del Dr. Amaro Gómez acerca del impuesto al dividendo en ganancias, a partir de la ley 27630.
Nueva iniciativa para que los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados que perciban sueldos o haberes brutos mensuales de hasta $180.000 quedarían exentos del gravamen.
¿Cómo queda el tratamiento en el impuesto a las ganancias de los intereses de plazos fijos en bancos locales para el período fiscal 2021? Un comentario sobre el tema.
Mañana 31 de agosto, vence el plazo para que los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados y los actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores, que percibieron en el año 2020 ganancias brutas iguales o superiores a $ 2.500.000 presenten las declaraciones juradas informativas del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales.
La AFIP, por medio de la resolución general 5060, adecúa la alícuota aplicable al régimen de retención de dividendos y utilidades en el marco de las modificaciones introducidas en el impuesto a las ganancias por la ley 27630.
El Dr. Richard Amaro Gómez analiza el tratamiento en el impuesto a las ganancias de la ganancia que se produciría por el reconocimiento del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) en lo que respecta a salario complementario para los sujetos de la cuarta categoría, por ejemplo, el caso de un estudio profesional unipersonal.
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¿Cómo funciona el mecanismo para solicitar la devolución de las percepciones del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales por la compras realizadas en moneda extranjera? Te contamos todo en esta nota
La FACPCE elevó a la AFIP las dudas interpretativas que fueron planteadas por los Consejos Profesionales en la Comisión de Estudio de Asuntos Tributarios de la Federación.
A casi 9 meses de haber sido enviado al Congreso (el 16/10/2020), el día de mañana se tratará en Diputados el Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo que busca incorporar nuevos cambios al tratamiento fiscal (en el impuesto a las ganancias y el impuesto sobre los bienes personales) de los instrumentos financieros, para el caso de las personas humanas y sucesiones indivisas.