La AFIP publicó el release 3 de la versión 42 del Sistema Aplicativo SICOSS, conforme lo dispuso a través de la RG (AFIP) 4711, para que los contribuyentes puedan implementar la postergación del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA de los períodos devengados 03/2020 y 04/2020 y la reducción del 95% de la contribución con destino al SIPA del período devengado 04/2020, como así también declarar a los trabajadores suspendidos en el marco del artículo 223 bis LCT.
Estas son las novedades del release:
- Los empleadores alcanzados por el beneficio de postergación de pago deben estar caracterizados con el código “460 – Beneficio Decreto 332/2020 Postergación pago de contrib. S.S.”
- Incorporación la Situación de Revista “48-Suspendido. Res. 397/2020 MTEySS c/Aportes de OS” que contempla los Acuerdos firmados en el marco del Res. 397/2020 MTEySS (art. 223 bis de la LCT con aportes de obra social).
- Incorporación la Situación de Revista “49-Susp. período parcial L 20744 art.223bis / Res. 397 MTEySS” para identificar en el último día del mes los casos de suspensiones que no abarquen el período completo.
- Actualización de alícuotas de aportes de magistrados y funcionarios del Poder Judicial y Ministerio Público de la Nación y de funcionarios del Servicio Exterior de la Nación conforme lo establecido por la Ley Nº 27546.
- Se incorporan dos actividades “129-Actividades no clasificadas-Detracción Ampliada – Dcto. 688/2019” y “130-Ley Nº 15223 con obra social-Detracción Ampliada – Dcto. 688/2019” para los trabajadores de empresas incluidas en el Dcto. 688 cuyos trabajadores no están alcanzados por el Dcto 300 (reducción del 95% de contribuciones SIPA para algunas categorías profesionales).
- Actualización de productores en convenios de corresponsabilidad gremial. Marzo 2020.
- El sistema Declaración en Línea efectuará en forma automática el cálculo de reducción de contribuciones a los empleadores caracterizados con el código “461 – Beneficio Decreto 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”
Podrá acceder al aplicativo haciendo clic aquí.
Libro de Sueldos Digital AFIP
Además, el organismo recaudador publicó dos guías que explican cómo parametrizar e ingresar las liquidaciones al Libro de Sueldo Digital AFIP para las siguientes situaciones:
Suspensión de trabajadores art. 223 bis LCT y R. (MTESS) 397/2020
Declaración Jurada F. 931 sin nómina
Recordamos que el Ministerio de Trabajo, a través de la resolución 397/2020, ratificó el convenio marco celebrado por la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Unión Industrial Argentina (UIA), que establece los lineamientos para celebrar los acuerdos para disponer las suspensión de trabajadores en el marco del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Para conocer más, hacé clic aquí.