¡Te compartimos toda la información que necesitás para trabajar!
Conocé las novedades más importantes de esta semana en pocos minutos.
REPRO II y Programa ATP
El Ministerio de Trabajo a través de la Resolución 938/2020, implementa la segunda etapa del Programa de Recuperación Productiva, que tiene por objeto otorgar una asistencia económica para el pago de salarios a cargo de los empleadores.
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Por su parte, la Jefatura de Gabinete de Ministros mediante la Decisión Administrativa 2047/2020, establece que las empresas del sector salud continúen percibiendo el salario complementario del Programa ATP durante el período octubre 2020.
El viernes 20 de noviembre a las 16 horas Errepar te invita a un nuevo vivo de Instagram respondiendo las consultas más frecuentes sobre estos temas. ¡No te lo pierdas!
Prohibición de despidos y suspensiones
El Poder Ejecutivo prorrogó mediante Decreto 891/2020, hasta fines de enero del año que viene, la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
Esta medida también contempla la prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en el marco del artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo.
Presupuesto 2021 e Impuesto a las grandes fortunas
El pasado martes 17 de noviembre se aprobó la ley de presupuesto 2021 y la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley denominado “Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia“.
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Moratoria ampliada 2020
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas envió una nota a la AFIP para solicitarle precisiones sobre la fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada de los socios, accionistas y/o similares.
Aplicativo SITIGJ versión 2021
La Inspección General de Justicia puso a disposición la última versión del aplicativo SITIGJ para la presentación de estados contables por parte de sociedades por acciones y sociedades de responsabilidad limitada con un capital superior a $50 millones.
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Tasa anual IGJ 2020
Por otra parte, la IGJ comunica que, a partir del 20 de noviembre, se podrá abonar la tasa anual que vence el próximo 4 de diciembre, en la sede central del organismo con turno previo.
Córdoba
Esta semana, se presentó en la legislatura, el proyecto de ley impositiva 2021 y el proyecto de modificaciones al Código Tributario provincial.
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