La Superintendencia de Riesgos del Trabajo, a través de la resolución 7/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial actualiza los montos de las prestaciones dinerarias a partir de marzo de este año.
Corresponden al período comprendido entre el día 1° de marzo de 2021 y el día 31 de agosto de 2021 y comprende:
· el valor de las compensaciones adicionales de pago único previstas en el artículo 11 de la Ley 24.557,
· el piso mínimo del valor de las prestaciones por incapacidad laboral permanente parcial (IPP) previstas en el artículo 14, apartado 2, incisos a) y b) de la ley 24557,
· el piso mínimo del valor de las prestaciones por incapacidad laboral permanente total (IPP) prevista en el artículo 15, apartado 2, de la ley 24557,
· el cálculo de la indemnización adicional de pago único prevista en el artículo 3° de la Ley N 26.773 en caso de muerte o incapacidad total
La presente normativa entra en vigencia a partir del 11 de marzo de 2021.
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