Prohibición de cortes de servicios esenciales y suspensión del cierre de cuentas bancarias por cheques rechazados
El Poder Ejecutivo determinó que las prestadoras de servicios de energía eléctrica, gas por redes, agua corriente, telefonía fija o móvil, Internet y televisión por cable no podrán suspender los servicios por mora o falta de pago durante 180 días a sectores considerados vulnerables.