La provincia de Buenos Aires crea un fondo especial para el pago de salarios municipales

La Provincia de Buenos Aires crea el “Fondo especial de emergencia sanitaria para la contención fiscal municipal” el que tendrá por objeto el contribuir con el pago de los sueldos de los empleados municipales permitiendo sostener las prestaciones básicas de los municipios en el marco de la pandemia de COVID-19.

ARBA no realizará retenciones sobre cuentas de beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires comunicó a las distintas asociaciones de bancos, que agrupan a la totalidad de las entidades financieras del país, que deben excluir de los regímenes de retención las acreditaciones bancarias vinculadas al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), dispuesto por el gobierno nacional en el marco de la pandemia de Covid-19.

La Comisión Arbitral prorroga la presentación y pago del anticipo 3/2020 del impuesto sobre ingresos brutos

A través de una disposición de la presidencia de la Comisión Arbitral, se dispone la prórroga del vencimiento para la presentación y pago del anticipo 3/2020 del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes sujetos a las normas del Convenio Multilateral que desarrollen su actividad exclusivamente en las jurisdicciones adheridas a la presente prórroga, siempre que hayan obtenido en el año 2019 ingresos totales menores o iguales a $ 2.500.000.

CABA: derecho urbano a turistas. Hoteles, aparts y cruceros deben percibirlo. Sus características

Mediante la sanción de la ley 6278(1) la legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó el ente público no estatal “VISIT Buenos Aires”, el cual tiene a su cargo la definición, promoción y comunicación de la estrategia turística internacional de la Ciudad de Buenos Aires.

Régimen de facilidades de pago permanente: su reemplazo

Se reemplaza el régimen de facilidades de pago de carácter permanente, respecto de las obligaciones tributarias en mora cuya aplicación, percepción y/o fiscalización se encuentre a cargo de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, así como también con relación a las multas aplicadas.
Al respecto, se podrán incluir en el régimen: