DDJJ F. 931: RECTIFICATIVA DE DICIEMBRE Y ENERO POR LA DETRACCIÓN DE $ 10.000

La RG (AFIP) 4661 señala que la detracción de $ 10.000 para empleadores con hasta 25 trabajadores – que rige desde el período diciembre/2019- se podrá aplicar con la versión actualizada de “Declaración en Línea” o el sistema aplicativo SICOSS (según corresponda) que se encuentra disponible desde el 1 de marzo.

Contribuciones patronales: la AFIP actualiza Declaración en Línea para cargar la eximición de contribuciones del Decreto 14/2020

La AFIP actualizó el servicio web “Declaración en Línea” para que las empresas con certificado PYME gocen de la eximición de las contribuciones del SIPA sobre el incremento solidario del Decreto 14/2020.

Contribuciones patronales del sector textil, confección, calzado y marroquinería: precisiones para acceder a la detracción total

El Ministerio de Desarrollo Productivo designó a la Subsecretaría de Industria para que sea la responsable de verificar que los empleadores del sector textil, confección, calzado y marroquinería cumplan con los requisitos previstos en el Decreto 1067/2018 para acceder a la detracción total sobre la base imponible de las contribuciones patronales dispuesta por el artículo 22 de la ley 27541.

Contribuciones patronales: ¿Cómo y cuándo se podrá utilizar la detracción adicional de $10.000?

La AFIP dispone que la detracción adicional de $ 10.000 dispuesta por el artículo 23 de la ley 27541 se calculará aplicando la alícuota contributiva sobre dicho monto, y el resultado se descuenta del total de las contribuciones.
Para la aplicación de la detracción adicional se deberá utilizar la versión 42 del aplicativo SICOSS, que estará disponible en el sitio web de la AFIP a partir del 1 de marzo de 2020. Por esta razón, se aclara que las DDJJ de los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020 podrán ser rectificadas por nómina completa y a efectos de aplicar la detracción, hasta el 31 de marzo de 2020, inclusive.

Empleadores de servicios de salud: requisitos y códigos de actividad para aplicar la Detracción total

La AFIP detalla los requisitos y los códigos de actividad que deberán utilizar los empleadores pertenecientes a determinados servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud para gozar de la detracción total sobre las contribuciones patronales devengadas a partir de agosto de 2019.