¿Qué significa entrar a la etapa DISPO? ¿Qué sucede con los trabajadores mayores de 60 años, embarazadas y en grupo de riesgos?
El Poder Ejecutivo, a través del Decreto 875/2020, establece las nuevas medidas sanitarias hasta el 29 de noviembre.
El Poder Ejecutivo, a través del Decreto 875/2020, establece las nuevas medidas sanitarias hasta el 29 de noviembre.
El presidente de la nación, junto con el jefe de gobierno porteño y el gobernador de la provincia de Buenos Aires, anunció en conferencia de prensa la extensión del aislamiento obligatorio en la región metropolitana del AMBA y demás regiones con alta contagiosidad, hasta el 30 de agosto de este año.
A partir del 1 de julio, ¿quiénes podrán circular en el Área Metropolitana de Buenos Aires? y ¿quiénes podrán, o no, utilizar el transporte público de pasajeros?
Se oficializa la prórroga del aislamiento obligatorio, hasta el 28 de junio de 2020, en todos los lugares donde haya circulación comunitaria del coronavirus: el área metropolitana (Ciudad de Buenos Aires y gran Buenos Aires), en los departamentos de San Fernando (Chaco), Rawson (Chubu), Bariloche y Gral. Roca (Río Negro) y en la ciudad de Córdoba y su aglomerado urbano.
Quilmes, Morón, Moreno, Marcos Paz, Luján, Lanús, La Plata, General San Martín, Esteban Echeverría, Cañuelas, Vicente López y General Pueyrredón.
La Jefatura de Gabinete habilita determinadas actividades en los departamentos de Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Zárate.