El SAC y las vacaciones de las personas mayores de 60 años y en situación de riesgo
¿Qué sucede con las vacaciones en época de DISPO? ¿Cuál es el tratamiento de la compensación no remunerativa D. 792/2020 y el Sueldo Anual Complementario?
¿Qué sucede con las vacaciones en época de DISPO? ¿Cuál es el tratamiento de la compensación no remunerativa D. 792/2020 y el Sueldo Anual Complementario?
El Poder Ejecutivo extiende el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio a todo el país y hasta el 31 de enero del año que viene.
La Jefatura de Gabinete de Ministros, a través de la decisión administrativa 2028/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a la actividad hípica en hipódromos y a la actividad de agencias hípicas en el ámbito de la Provincia de Santa Fe.
Las personas alcanzadas por esta excepción deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros y con el permiso de circular correspondiente.
En el artículo 24 del decreto incorpora un nuevo beneficio para los empleadores del sector privado que cuenten en su nómina con los trabajadores que están dispensados del deber de asistir al lugar de trabajo durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, y que están detallados en la resolución (MTESS) 207/2020.
Estas actividades deberán desarrollarse dando cumplimiento al protocolo denominado “Reinicio de la Actividad Futbolística – Protocolo”, que forma parte integrante de esta decisión administrativa.
Las personas que desempeñen sus tareas laborales en los establecimientos autorizados a desarrollar sus actividades deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19, establecido por la decisión administrativa 897/2020.
Se establece que las sociedades de ahorro autorizadas a operar bajo la modalidad de círculo o grupo cerrado para la adjudicación directa de bienes muebles y de sumas de dinero para la adquisición de bienes muebles, pasajes, servicios, adquisición o refacción de inmuebles
La Jefatura de Gabinete de Ministros mediante las decisiones administrativas 1600/2020 y 1604/2020 publicadas hoy en el Boletín Oficial, habilita nuevas excepciones a la cuarentena en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.