Trabajo agrario: aportes y contribuciones sobre asignaciones extraordinarias otorgadas en el 2021

por

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario, mediante la resolución 206/2021, determinó que las asignaciones extraordinarias acordadas durante este 2021, serán consideradas no remunerativas al solo efecto de la realización de los aportes y contribuciones referidos en el primer párrafo del artículo 10 de la Ley 24241.

¿Qué actividades comprende?

El art. 1 de la R (CNTA) 206/2021, hace referencia a la asignación extraordinaria otorgada por la resolución (CNTA) 139/2021 para el personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario y para las siguientes actividades que se desarrollen en el ámbito de todo el país:

  • R. (CNTA) 117/2021 – Avícola
  • R. (CNTA) 137/2021 – Olivícolas
  • R. (CNTA) 141/2021 – Conductores tractoristas y maquinistas de máquinas cosechadoras y agrícolas. Recolección y cosecha de granos y oleaginosas
  • R. (CNTA) 142/2021 – Aplicación de productos fitosanitarios
  • R. (CNTA) 143/2021 – Actividad de arándanos
  • R. (CNTA) 144/2021 – Actividad porcina en criaderos

Además, incluye a las asignaciones extraordinarias otorgadas en el marco de las resoluciones (CNTA) 140/2021 (Riego presurizado de las provincias de Catamarca y La Rioja) y 190/2021 (Cosecha de Tabaco de Salta y Jujuy).

¿Qué alcance tiene la R (CNTA) 206/2021?

El doctor Cristian Monetto analiza el alcance de la resolución (CNTA) 206/2021 referente a la eximición de los subsistemas de seguridad social por las sumas extraordinarias otorgadas a los trabajadores agrarios durante este año.

Si sos suscriptor, podés acceder al texto completo

¿Aún no sos suscriptor?

Si aún no sos suscriptor de Errepar, hacé clic en el botón a continuación para acceder al artículo completo:

descarga material

R. (CNTA) 206/2021