Trámites virtuales para contribuyentes de la provincia de Catamarca

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Trámites virtuales para contribuyentes de la provincia de Catamarca

A través de la Disposición General (ARCA Catamarca) 13/2021 la Dirección General de Rentas dispone que los contribuyentes, responsables y/o terceros deberán utilizar exclusivamente la modalidad de tramitación virtual a través de la página web de Rentas para diferentes trámites relacionados con el impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, facilidades de pago, impuesto automotor e inmobiliario, entre otros.

Se establece que los instrumentos o documentos digitales presentados por los contribuyentes, responsables o terceros por medio del servicio de modalidad de tramitación virtual, tienen el carácter de declaración jurada e idéntico valor probatorio que la documentación impresa, siendo los mismos responsables de la exactitud y veracidad de los datos manifestados, las declaraciones efectuadas y la documentación presentada.

Además se dispone que la documentación o antecedentes aportados por el contribuyentes, responsables o terceros serán registrados y conservados íntegramente en orden sucesivo conforme a su fecha de presentación y verificación formando parte integrante de las actuaciones para las cuales hayan sido aportados.

En caso que los documentos o escritos acompañados se encuentren en blanco, sin las menciones necesarias o no sean los exigidos por las normas legales, se tendrán por no presentados; sin perjuicio de las sanciones que procedan por incumplir las referidas normas legales.